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Subastas y concursos de bienes

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Subastas de Bienes Embargados

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Introducción

La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) es el organismo encargado de la recaudación de todos los recursos de la Seguridad Social, tanto en período voluntario como en vía ejecutiva, pudiendo apremiar el patrimonio del deudor. A tal efecto, está facultada por la Ley para embargar sus bienes y venderlos en pública subasta para, con el fruto de la enajenación, cobrarse la deuda pendiente y saldar el débito perseguido.

Las subastas son la última fase del procedimiento administrativo de apremio y mediante las mismas los órganos de recaudación de la Tesorería General de la Seguridad Social tratan de poner en el mercado los bienes previamente embargados a los deudores de la Seguridad Social.

El producto que se obtiene en las subastas se destina a saldar la deuda pendiente de los apremiados, y en el caso de haber sobrante se entrega a los mismos.

Desde el punto de vista de los deudores, la posibilidad que tienen éstos de paralizar el procedimiento, en cualquier fase anterior a la adjudicación de los bienes, mediante el pago de la deuda que mantienen con la Seguridad Social, hace que muchos de los lotes comprometidos en las subastas se retiren por dicha causa.


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Publicidad de las subastas ejecutivas de bienes embargados

La Tesorería General de la Seguridad Social, como consecuencia de los procedimientos de apremio que sigue contra los deudores de la misma, está obligada a anunciar las subastas que celebre para la venta de los bienes embargados y, de esta forma, posibilitar que cualquier persona interesada pueda acudir y licitar en las mismas.

Las subastas de bienes embargados promovidas por las Direcciones Provinciales de esta Tesorería General se publican dentro de la página web que la Seguridad Social tiene abierta en INTERNET en la siguiente dirección: "Subasta de bienes embargados".

Con la puesta en marcha de este servicio se pretende dar la máxima publicidad a las subastas que se realicen, para conseguir la mayor concurrencia de licitadores y, en consecuencia, beneficiarse de las mejores condiciones económicas en las ofertas a que la competencia les empuje.

Para más información, los interesados pueden dirigirse a la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social donde vaya a ser subastado el bien o bienes de que se trate, a la propia Unidad de Recaudación Ejecutiva (U.R.E.) que entienda del expediente de apremio o bien llamando a los demás teléfonos que se indican en la presente página web de INTERNET.


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Bienes embargados para subastas

La Tesorería General de la Seguridad Social enajena, mediante pública subasta, fincas (rústicas y urbanas), vehículos, embarcaciones, maquinaria de diverso tipo, mobiliario de oficina, material ofimático y toda clase de bienes muebles o inmuebles embargados a los deudores de la Seguridad Social.

Estas páginas proporcionarán información puntual de los bienes objeto de subasta. Dicha información se actualiza de manera automática cada semana.


La Tesorería General de la Seguridad Social realiza también operaciones de compraventa de inmuebles del patrimonio de la Seguridad Social.


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Cómo concurrir

¿Quiénes pueden participar?

Con excepción del personal de la Unidad de Recaudación Ejecutiva, de los tasadores, de los depositarios de los bienes y de los funcionarios directamente implicados en el procedimiento de apremio, cualquier persona, por sí o por medio de representante, que posea la capacidad de obrar con arreglo a derecho y no esté incursa en las excepciones e incompatibilidades que marcan las leyes.


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Requisitos

Para poder participar en las subastas es necesario:

  1. Identificarse debidamente, bastando la simple exhibición en el acto público o incluyendo en el sobre cerrado copia del Documento Nacional de Identidad o, tratándose de extranjeros, del pasaporte, del título de viaje o de otro documento que acredite su identidad . Asimismo, acreditación de la representación con que, en su caso, se actúe.

  2. Consignar el 25 por 100 del precio de salida (tipo de subasta) del bien por el que se desee pujar, mediante cheque certificado, visado o conformado por el librado y a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, que se acompañará a la postura que se realice en sobre cerrado, o del 30 por 100 de dicho precio si la postura es verbal en el acto público de la celebración de la subasta.

  3. En el resguardo justificativo de la consignación o del depósito es necesario que conste, a efectos de posibles adjudicaciones, la hora y el minuto en que se haya realizado dicha entrega así como el número de orden que le haya correspondido.


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Cuestiones de interés a tener en cuenta


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Información complementaria

Servicio de Información de Subastas a realizar por las Direcciones Provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social

Para obtener información adicional más concreta, referida a los muebles e inmuebles ubicados en las distintas provincias, los interesados deben dirigirse a las Direcciones Provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social o a la propia Unidad de Recaudación Ejecutiva en la que se siga el expediente de apremio.

Para cursar sugerencias, denunciar irregularidades u obtener información de carácter muy general, los interesados podrán dirigirse al buzón de consultas de la página www.seg-social.es.


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